Recurso que forma parte de la red de atención integral para la violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

Dirigido a:

Mujeres víctimas de violencia de género hayan o no denunciado y con independencia de su situación administrativa en el caso de mujeres extranjeras y a sus hijos e hijas dependientes.

Ofrece:

  • Atención psicosocial individualizada y grupal a las mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijos e hijas y personas dependientes a su cargo.
  • Asesoramiento jurídico.
  • Derivación de las víctimas de violencia de género a los diferentes servicios especializados y coordinación con los mismos.
  • Acciones preventivas y de sensibilización.

Vías de acceso:

  • Por iniciativa de la mujer, concertando cita previa. 
  • Por derivación de otro recurso.

Itinerario de atención:

En primer lugar será recibida por personal de adminsitración, que realiza las funciones de acogida e información y programa la primera cita con la trabajadora social.

Atención Social

La primera cita de atención se programa con la trabajadora social, cuyas funciones son:

• Valoración social general y de la historia de violencia en particular. 

• Valoración de peligrosidad.

• Derivaciones necesarias. Se ofrece a todas las usuarias atención psicológica y si es necesario, orientación jurídica. Además se puede derivar a otros servicios y gestionar un recurso de acogida en situación de emergencia. 

• Seguimiento de la evolución en la situación de las usuarias.

Atención Psicológica

Atención psicológica especializada:

• Dirigida a la mujer víctima de violencia de género

• Evaluación y atención psicológica

• Orientación a familiares y personas dependientes

  • Atención individual y sesiones grupales

 Atención psicológica infantil especializada:

• Dirigida a menores hijos e hijas de mujeres víctimas de violencia atendidas en el recurso (siempre de acuerdo con la normativa legal y los criterios de atención del recurso). 

  • Evaluación y atención psicológica.
  • Apoyo psicológico puntual a mujeres (atendidas en el recurso) con hijos o hijas menores y que soliciten orientación en la relación materno – filial.
Orientación Jurídica

Cuando la mujer precisa o demanda asesoramiento especializado sobre su situación legal presente o futura, se programa cita con la asesora jurídica para: 

  • Orientar e informar a la mujer sobre todo tipo de cuestiones legales relacionadas con su situación de violencia de género.
  • Aclarar sus dudas relacionadas con procedimientos o problemáticas legales ya en curso o de cara a su futura interposición: procedimientos civiles y de familia, procesos penales etc).
  • Orientar sobre la posible denuncia y el proceso judicial.

Ayudas Económicas a Mujeres Víctimas de Violencia de Género

Definición y temporalización:

Convocatoria anual de ayudas económicas que destina el Ayto. de Alcalá de Henares a través de la Concejalía de Igualdad.

 

Beneficiarias:

Mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos e hijas y otras personas dependientes que estén siendo atendidas en el PMORVG del Ayto. de Alcalá de Henares.

Gastos subvencionables:

Transporte público, formación laboral, pago de tasas, cuidado y atención de menores, acceso a la vivienda, farmacéuticos y sanitarios, actividades extraescolares o de refuerzo, gastos funerarios derivados de la violencia de género, otras ayudas de carácter excepcional.

Solicitud para 2025

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 22 de septiembre al 3 de octubre de 2025 ambos días inclusive.

En los siguientes enlaces podrás descargar tanto las Bases de la convocatoria como los anexos para su presentación.

La presentación puede ser presencial o por sede electrónica. Más información en el siguiente enlace: Ayudas Económicas Mujeres Víctimas Violencia de Género (ayto-alcaladehenares.es)

Bases Ayudas VVG

Anexo I

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Concepto y definición de Violencia de Género

La violencia de género ha sido y sigue siendo una de las manifestaciones más claras de la desigualdad, subordinación y de las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Este tipo de violencia se basa y se ejerce por la diferencia subjetiva entre los sexos. Es decir, las mujeres sufren violencia por el mero hecho de ser mujeres y las víctimas son mujeres de cualquier estrato social, nivel educativo, cultural o económico.

Ley Orgánica 1/2004 Artículo 1, de Protección Integral contra la Violencia de Género:

“Todo acto de violencia (…) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (…) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.

Tipos y manifestaciones de Violencia de género

Violencia Física

Violencia Psicológica

Violencia Sexual

Otras violencias de género

Contacto

Horario de atención: De lunes a viernes 9:00-14:00h. Lunes a jueves 16:00-19:00 h (julio y agosto cerrado por las tardes) 

Dirección: C/ Siete Esquinas, 2.

Teléfonos de contacto: Telf. 918797380 o 918771720

Correo electrónico: observatorioalcala@ayto-alcaladehenares.es

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